INCOTERMS® 2020
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Obtenga la última versión imprimible de la carta de responsabilidad Incoterms 2020 a continuación
¿Qué son los INCOTERMS para 2020?
Las reglas Incoterms® 2020 son un conjunto universal de once reglas que ayudan a guiar el comercio internacional y el transporte de mercancías entre diferentes países.
Las normas se organizan en un conjunto de términos comerciales de tres letras. Cada uno de los Incoterms describe las tareas, los costes y los riesgos asociados a la entrega de mercancías de los vendedores a los compradores.
La Cámara de Comercio Internacional (CCI) ha lanzado los Incoterms® 2020. Esta actualización contiene nuevas reglas para los 11 términos comerciales de Incoterms 2020.
Tiene en cuenta los últimos avances en la práctica comercial y actualiza las normas para hacerlas más accesibles y fáciles de usar.
Las nuevas normas entraron en vigor el 1 de enero de 2020. A partir de esta fecha, todos los contratos de venta deben hacer referencia a la tabla de Incoterms como versión más reciente.
Siga leyendo para conocer los cambios de los Incoterms en 2020.
Diferencias en las nuevas normas Incoterms® 2020
- Los Incoterms FCA (Free Carrier) ofrecen ahora la opción adicional de hacer una anotación a bordo en el conocimiento de embarque antes de cargar la mercancía en un buque.
- Los costes aparecen ahora centralizados en A9/B9 de cada Incoterms®.
- El CIP exige ahora al menos un seguro con la cobertura mínima de la Cláusula de Carga del Instituto (A) (Todo riesgo, sujeto a exclusiones detalladas).
- El CIF exige al menos un seguro con la cobertura mínima de la Cláusula de Carga del Instituto (C) (Número de riesgos enumerados, sujeto a exclusiones detalladas).
- Las reglas Incoterms® Free Carrier (FCA), Delivered at Place (DAP), Delivered at Place Unloaded (DPU) y Delivered Duty Paid (DDP) tienen ahora en cuenta que la mercancía puede ser transportada sin que se contrate a ningún transportista tercero, es decir, utilizando sus propios medios de transporte.
- La norma Entregado en la Terminal (DAT) se ha cambiado por Entregado en el Lugar de Descarga (DPU) para aclarar que el lugar de destino puede ser cualquier lugar y no sólo una "terminal".
- Los Incoterms 2020 trasladan ahora explícitamente la responsabilidad de los requisitos relacionados con la seguridad y los costes auxiliares al vendedor.
REGLAS INCOTERMS® 2020 PARA CUALQUIER MODO DE TRANSPORTE
EX-WORKS (EXW) - El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado. El vendedor no contratará la carga de la mercancía, la recogida de los vehículos ni el despacho de la mercancía en la aduana.
TRANSPORTE LIBRE (FCA) - El vendedor entrega la mercancía al transportista o a la persona designada en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
TRANSPORTE PAGADO HASTA (CPT) - El vendedor entrega la mercancía al transportista o a la persona designada en el lugar acordado. El vendedor contrata el pago de los gastos de transporte hasta el destino. El comprador asume todos los riesgos en la primera transferencia de la mercancía. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA (CIP) - El vendedor entrega la mercancía al transportista o a la persona designada en el lugar acordado. El vendedor se compromete a pagar el transporte hasta el lugar acordado y el coste del seguro. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
ENTREGADA EN LA TERMINAL (DAT) - El vendedor entrega y descarga la mercancía en una terminal determinada. El vendedor asume todos los riesgos asociados a la entrega y descarga de la mercancía en la terminal. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
ENTREGADA EN EL LUGAR DE DESCARGA (DAP) - El vendedor paga el transporte hasta el lugar indicado y asume todos los riesgos antes del momento en que la mercancía está lista para ser descargada por el comprador. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
ENTREGA CON DERECHOS PAGADOS (DDP) - El vendedor paga el transporte, la entrega y el despacho de aduanas en destino. El vendedor también es responsable de todos y cada uno de los impuestos y aranceles aplicables. El vendedor sólo asume la responsabilidad una vez despachada la mercancía y pagados los impuestos y aranceles.
REGLAS INCOTERMS® 2020 PARA EL TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL
ENVÍO LIBRE AL LADO (FAS) - El vendedor entrega la mercancía colocada al lado de un buque en el puerto designado por el comprador. El vendedor asume todos los costes asociados al transporte hasta que la mercancía está al costado del buque, el comprador asume los riesgos a partir de ese momento. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
FREE ON BOARD (FOB) - El vendedor entrega y carga la mercancía en el buque designado por el comprador. El vendedor corre con todos los gastos asociados al transporte. Todos los riesgos son asumidos por el comprador después del punto de entrega y descarga. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
COSTE Y FLETE (CFR) - El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque. El vendedor contrata el coste del flete para trasladar la mercancía al puerto de destino. Los riesgos se transmiten en el punto de entrega a bordo del buque. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
COSTE DE SEGURO Y FLETE (CIF) - El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque. El vendedor contrata el coste del flete para trasladar la mercancía al puerto de destino. El vendedor también contrata y paga el coste del seguro. El vendedor está obligado a despachar la mercancía sólo a través de la exportación.
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